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DÉSACTIVER LES CARROUSELS

Intervención

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El nombramiento y cese del Interventor al servicio del Tribunal compete al Presidente, de conformidad con los acuerdos del Pleno.

Al Interventor al servicio del Tribunal Constitucional le corresponde:

  • a) Intervenir las propuestas de contenido económico sobre las que haya de resolver el Secretario General, prestando su conformidad u oponiendo por escrito el reparo correspondiente;
  • b) Asesorar al Tribunal Constitucional en materia presupuestaria.