En el Tribunal Constitucional toda la documentación reunida, generada o conservada por él en el ejercicio de sus competencias y actividades, ya sean jurisdiccionales o administrativas, y con independencia de que su soporte sea en papel o electrónico, forma parte del Archivo del Tribunal Constitucional, constituyendo su patrimonio documental, objeto de la Ley 16/1985. Los documentos oficiales son también bienes públicos sujetos a un régimen jurídico específico y, por consiguiente, inembargables, inalienables e imprescriptibles, si bien pueden eliminarse mediante un procedimiento resolutorio, previamente establecido y conforme a la ley, que contemple, además, la sustitución de originales en soportes diferentes.
La Comisión Calificadora de Documentos del Tribunal Constitucional es un órgano colegiado que evalúa los documentos originales desde la perspectiva de su vigencia jurídica y de su valor testimonial e histórico, a fin de determinar el plazo de su retención y su destino final, luego de agotada esa vigencia y según exista o no ese segundo valor. Creada por Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Pleno del Tribunal Constitucional, contempla además el procedimiento a seguir para la valoración y eliminación de sus documentos y para el establecimiento de la accesibilidad de las series documentales con carácter general, en los casos en que sea posible determinarla.
Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se crea su Comisión Calificadora de Documentos y se regula el procedimiento para la valoración de documentos y su eliminación o conservación en soporte distinto al original
Resoluciones de la Comisión