Establecer las bases generales de cooperación recíproca entre las partes para definir los niveles de coordinación, colaboración e intercambio conjunto en temas de justicia constitucional, control de convencionalidad, protección de los derechos humanos, entre otros. Asimismo ejecutar todo tipo de actividades de interés común que coadyuven al desarrollo y fortalecimiento de ambos sistemas jurisdiccionales, al perfeccionamiento de sus recursos humanos y a la modernización de los servicios de la justicia constitucional en los países a que pertenecen ambas instituciones. |