Los Secretarios de Justicia, procedentes del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, son funcionarios de carrera adscritos al Tribunal Constitucional que ejercen, respecto de las atribuciones jurisdiccionales del mismo, la fe pública judicial y demás funciones que la legislación orgánica y procesal de los Juzgados y Tribunales atribuyen a los Secretarios. Para ser adscritos al Tribunal Constitucional deberán contar con los requisitos exigidos para ocupar plaza en el Tribunal Supremo. Sin perjuicio de su dependencia funcional del Pleno, de las Salas y de sus Presidentes, los Secretarios de Justicia dependen directamente, a efectos administrativos, del Secretario General.