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Magistrados eméritos

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Información actualizada a 30/01/2024

Los Presidentes, Vicepresidentes y Magistrados eméritos del Tribunal Constitucional tendrán las prerrogativas que acuerde el Pleno del propio Tribunal y, en todo caso, las siguientes:

  • a) Ocupar lugar preferente en los actos solemnes y vistas de carácter jurisdiccional que se celebren en el Tribunal Constitucional.
  • b) Acceder libremente a la sede del Tribunal y utilizar, en modo acorde con su dignidad, sus instalaciones y servicios.
  • c) Recibir las publicaciones del Tribunal Constitucional.

En los actos públicos no jurisdiccionales que se celebren en el Tribunal Constitucional los Presidentes eméritos del Tribunal se situarán a continuación del Presidente del Consejo General del Poder Judicial y los Magistrados eméritos a continuación de los Ministros.