Recurso de amparo 4719-19998.
Promovido por don Antonio Ernesto Molina Linares frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Granada que le condenó por un delito electoral.
Vulneración del derecho de reunión: sanción penal por haber celebrado mítines electorales, sin previa comunicación a la Junta electoral, insuficientemente motivada, que no valora la voluntad de cumplir los requisitos formales para ejercer el derecho, e interpreta expansivamente los “lugares de tránsito público”.