VI. Presupuesto
El Tribunal Constitucional cuenta con autonomía presupuestaria y su presupuesto constituye la sección 04 del estado de gastos de los presupuestos generales del Estado. Con arreglo a lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, el Tribunal en Pleno, en ejercicio de su autonomía como órgano constitucional, elabora su presupuesto, que se integra como una sección independiente dentro de los presupuestos generales del Estado, remitiéndose a tal fin el proyecto a las Cortes Generales para su aprobación, a través del Ministerio de Hacienda.
Los créditos presupuestarios del Tribunal Constitucional en el ejercicio 2025 ascendieron a 30.486 miles de euros, el mismo importe que los ejercicios 2023 y 2024, como consecuencia de las prórrogas de los presupuestos generales del Estado.
Las dotaciones iniciales de los distintos capítulos presupuestarios fueron las siguientes:
– Capítulo 1. (Gastos de personal): 21.252,60 miles de euros.
– Capítulo 2. (Gastos corrientes en bienes y servicios): 6.658,86 miles de euros.
– Capítulo 3. (Gastos financieros): 3,00 miles de euros.
– Capítulo 4. (Transferencias corrientes): 1.323,54 miles de euros.
– Capítulo 6. (Inversiones reales): 1.200,00 miles de euros.
– Capítulo 8. (Activos financieros): 48,00 miles de euros.
Con arreglo a la normativa reguladora de las modificaciones presupuestarias, durante el ejercicio 2025 se realizaron las siguientes modificaciones presupuestarias:
– Transferencia de crédito por importe de 1.600.000 euros, de los conceptos 480 «Pensión expresidentes del Tribunal Constitucional»110.000 euros, 481 «Remuneraciones de transición Magistrados» 870.000 euros, 620 «Inversión nueva asociada al funcionamientos operativo de los servicios» 110.000 euros y 630 «Inversión de reposición asociada al funcionamientos operativo de los servicios» 510.000 euros, al subconcepto 226.06 «Reuniones, conferencias y cursos», derivada de la organización del VI Congreso de la Conferencia Mundial de Justicia Constitucional.
– Transferencia de crédito por importe de 89.000 euros, del subconcepto 227.06 «Estudios y trabajos técnicos» al subconcepto 226.01 «Atenciones protocolarias y representativas».
– Transferencia de crédito por importe de 250.000 euros, del subconcepto 227.06 «Estudios y trabajos técnicos» a los subconceptos 110.00 «Personal eventual. Retribuciones básicas» por importe de 62.500 euros y al 110.01 «Personal eventual. Retribuciones complementarias» por importe de 187.500 euros.
– Transferencia de crédito por importe de 180.000 euros, del subconcepto 227.06 «Estudios y trabajos técnicos» a los subconceptos 100.00 «Altos cargos. Retribuciones básicas» por importe de 52.200 euros y al 100.01 «Altos cargos. Retribuciones complementarias» por importe de 127.800 euros.
– Transferencia de crédito por importe de 50.000 euros, del subconcepto 227.06 «Estudios y trabajos técnicos» al subconcepto 121.00 «Funcionarios. Retribuciones complementarias. Complemento de destino».
– Transferencia de crédito por importe de 50.000 euros, del concepto 213 «Maquinaria, instalaciones y utillaje» al concepto 231 «Indemnización por razón del servicio. Locomoción».
– Transferencia de crédito por importe de 420.000 euros, del subconcepto 227.06 «Estudios y trabajos técnicos» a los subconceptos 100.00 «Altos cargos. Retribuciones básicas» por importe de 20.000 euros, al 100.01 «Altos cargos. Retribuciones complementarias» por importe de 40.000 euros, al 120.00 «Sueldos del grupo A1 y grupo A2» por importe de 60.000 euros y al 121.00 «Funcionarios. Retribuciones complementarias. Complemento de destino» por importe de 300.000 euros.
– Transferencia de crédito por importe de 1.300.000 euros, de la aplicación presupuestaria 15.01.923M.471, del Ministerio de Hacienda, al subconcepto 226.06 «Reuniones, conferencias y cursos», derivada de la organización del VI Congreso de la Conferencia Mundial de Justicia Constitucional, aprobada por el Consejo de Ministros con fecha 20 de mayo de 2025.
– Ampliación de crédito por importe de 400.000 euros, del subconcepto 121.81 «Funcionarios. Necesidades adicionales» al subconcepto 160.00 «Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador. Seguridad Social».
La ejecución del presupuesto del Tribunal Constitucional corresponde a su secretario general, con asistencia de personal técnico, bajo la dirección del presidente y con arreglo a las directrices que a tal fin establezca el Pleno. Asimismo, corresponde al secretario general la liquidación del presupuesto, que es puesta en conocimiento del Pleno.
La liquidación del presupuesto de 2025 ofrece los resultados que se señalan a continuación, para los distintos capítulos presupuestarios, indicándose el grado de ejecución que representan respecto de los créditos presupuestarios definitivos:
|
Capítulo presupuestario |
Créditos definitivos |
Gastos realizados |
Grado de ejecución |
|---|---|---|---|
|
Capítulo 1 |
21.252.600,00 |
21.895.858,20 |
98,84 por 100 |
|
Capítulo 2 |
6.658.860,00 |
7.625.142,46 |
88,06 por 100 |
|
Capítulo 3 |
3.000,00 |
0,00 |
0 por 100 |
|
Capítulo 4 |
1.323.540,00 |
170.813,94 |
49,72 por 100 |
|
Capítulo 6 |
1.200.000,00 |
422.628,21 |
72,87 por 100 |
|
Capítulo 8 |
48.000,00 |
5.620,00 |
11,71 por 100 |
|
Total |
30.486.000,00 |
30.120.062,81 |
94,76 por 100 |
Una información más pormenorizada sobre la ejecución presupuestaria del ejercicio 2025 se muestra en el apartado de «Información económica, presupuestaria y estadística» del portal de transparencia e información institucional de la página web del Tribunal Constitucional.