VI. Actividad del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con España.
El actual Tribunal Europeo de Derechos Humanos entró en funcionamiento el 1 de noviembre de 1998, por lo que 1999 ha sido el primer año completo de actividad del Tribunal.
Los datos que se ofrecen a continuación no discriminan entre asuntos en los que ha intervenido el Tribunal Constitucional y asuntos en los que, por invocarse ante el Tribunal de Estrasburgo derechos no amparables, no ha sido preceptiva la interposición de un recurso de amparo al objeto de agotar los recursos jurisdiccionales internos. Como se sabe, sin embargo, la mayoría de los derechos recogidos en el Convenio de Roma coinciden con los garantizados en los arts. 14 a 30 de la Constitución.
1. Demandas registradas contra España: 228.
2. Demandas declaradas inadmisibles: 137.
A. Por decisiones de Comités: 97.
B. Por decisiones de Secciones: 40.
1. Demandas resueltas en Sentencia: 2
A. Caso García Ruiz, Sentencia de 21 de enero de 1999. La Comisión, por 22 frente a 8, había opinado a favor de la violación. El Tribunal, en Gran Sala (17 Jueces), por unanimidad, constató la no violación del Convenio (art. 6.1).
B. Caso Tromesa, Sentencia de 1 de abril de 1999. Sentencia de archivo, tras un arreglo amistoso.
El 14 de octubre de 1999, el Tribunal Europeo dictó Sentencia en el caso Riera Blume, constatando infracción del art. 5.1 del Convenio. Esta Sentencia sólo es definitiva desde el 14 de enero de 2000, conforme al art. 44.2 del Convenio.