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Sección Tercera. Auto 241/2009, de 21 de septiembre de 2009

Auto:241/2009
Fecha:21/09/2009
Sala:Sección Tercera
Magistrados:Excms. Srs. Jiménez Sánchez, Gay Montalvo y Sala Sánchez.
Núm. registro:4543-2009
Asunto:Recurso de amparo promovido por don Rafael Rodríguez Portillo.
Fallo:Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso a don Rafael Rodríguez Portillo acordándose el archivo de las actuaciones.

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ANTECEDENTES

1. Por la Procuradora doña Yolanda Jiménez Alonso en nombre de don Rafael Rodríguez Portillo, se presentó recurso de amparo el día 14 de mayo de 2009 que se registró con el número 4543-2009.

2. El día 29 de junio de 2009, por la misma Procuradora Sra. Jiménez Alonso, se presentó escrito desistiendo del recurso planteado.

3. Se acordó, por diligencia de ordenación de fecha 30 de junio siguiente, dar traslado al Ministerio Fiscal para alegaciones sobre el desistimiento pretendido, lo que hizo por escrito de 8 de julio último, en el sentido de no oponerse al desistimiento

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Único. El desistimiento es una forma de terminación del procedimiento prevista en los arts. 80 y 86 de nuestra Ley Orgánica, que se remite en el primero de dichos preceptos, en cuanto a requisitos y procedimiento, a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley de enjuiciamiento civil. Cumplidos estos requisitos en el presente caso, y no oponiendo objeción alguna el Ministerio Fiscal a la voluntad de desistir manifestada por el recurrente, dado el carácter rogado que, en principio, tiene la jurisdicción de amparo constitucional [arts. 161.1 b) CE y 41.3 LOTC) , procede acceder al desistimiento solicitado.

Por lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Tener por desistido y apartado de la prosecución del presente recurso a don Rafael Rodríguez Portillo acordándose el archivo de las actuaciones.

Madrid, a veintiuno de septiembre de dos mil nueve.